Sanciones por no llevar el tacógrafo inteligente de 2ª generación en transporte internacional

Desde el 21 de agosto de 2025, los vehículos con una MMA superior a 3.5 toneladas que realicen transporte internacional deben estar equipados con el tacógrafo inteligente de segunda generación. Este tacógrafo introduce mejoras clave en el control del transporte, como el registro automático del cruce de fronteras y de las operaciones de carga y descarga.

En consecuencia, los Estados miembros de la Unión Europea ya han establecido sanciones para quienes circulen sin el tacógrafo homologado. Las multas varían notablemente según el país y pueden ir desde los 58 € en Malta hasta los 30.000 € y penas de prisión en Francia. En países como España, Alemania, Italia o Polonia, las sanciones superan habitualmente los 1.500 € e incluyen la inmovilización del vehículo.

Entre los corredores europeos más vigilados —como el Atlántico, Rin-Danubio, Rin-Alpes, Báltico-Adriático o Escandinavo-Mediterráneo— se han intensificado los controles, especialmente en operaciones internacionales.

Desde ACTM recordamos a las empresas y profesionales del transporte la importancia de verificar que sus vehículos cumplen con la normativa vigente y de planificar con antelación la actualización de sus tacógrafos para evitar sanciones económicas, inmovilizaciones y la posible pérdida de honorabilidad.

Consulta la Guía de Sanciones de VDO y conoce todas las multas por país y corredor europeo: